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Norma Nacional de Seguridad Alimentaria: Aditivo Alimentario - Dióxido de Silicio (GB 25576-2020)
Publicado por la Comisión Nacional de Salud de la República Popular China y la Administración Estatal para la Regulación del Mercado el 11 de septiembre de 2020, esta norma entró en vigor oficialmente el 11 de marzo de 2021. Reemplaza a la versión anterior GB 25576-2010 y incluye varias actualizaciones clave para regular mejor la producción y el control de calidad del dióxido de silicio de grado alimentario.
Alcance de aplicación
Esta norma se aplica a tres tipos de aditivo alimentario dióxido de silicio producido mediante procesos distintos:
- Sílice pirógena, fabricada mediante la hidrólisis de clorosilano en una llama de oxihidrógeno
- Gel de sílice y gel de sílice hidratado, producidos mediante la reacción de una solución de silicato de sodio con ácidos
- Sílice precipitada, producida mediante la reacción de una solución de ácido silícico con ácidos
Principales actualizaciones de la versión 2010
- El Límite de pérdida por secado Para la sílice pirógena de Clase I, se ha revisado el límite máximo al 7,0%.
- Se ajustó la duración de secado en el método de prueba de pérdida por secado y el tiempo de ignición en el método de prueba de pérdida por ignición.
- Se actualizaron los métodos referenciados para determinar los contenidos de plomo (Pb) y arsénico (As), mejorando la precisión en la detección de contaminantes.
Requisitos técnicos
Requisitos sensoriales
Las tres clases de productos deben cumplir los siguientes criterios sensoriales, que se inspeccionan colocando una cantidad adecuada de la muestra en un vaso de precipitados de 50 mL y observando bajo luz natural:
Artículo | Clase I (Sílice ahumada) | Clase II (Gel de sílice hidratado) | Clase III (Sílice precipitada, Gel de sílice) |
Color | Blanco | Blanco | Blanco |
Estado | Polvo uniforme | Partículas amorfas | Polvo o partículas uniformes |
Requisitos fisicoquímicos
Se establecen límites fisicoquímicos estrictos para garantizar la seguridad y calidad del producto, con métodos de prueba específicos especificados para cada índice:
Índice | Límite de Clase I | Límite de Clase II | Límite de Clase III | Método de prueba |
Contenido de dióxido de silicio (SiO₂), w/% | ≥ 99,3 | ≥ 99,0 | ≥ 96,0 | AA.4 |
Pérdida por secado, w/% | ≤ 2,5 | ≤ 70,0 | ≤ 7,0 | AA.5 |
Pérdida por ignición, w/% | ≤ 2,0 | ≤ 8,5 | ≤ 8,5 | AA.6 |
Contenido de plomo (Pb), mg/kg | ≤ 5 | ≤ 5 | ≤ 5 | AA.7 |
Metales pesados (como Pb), mg/kg | ≤ 30 | ≤ 30 | ≤ 30 | AA.8 |
Contenido de arsénico (As), mg/kg | ≤ 3 | ≤ 3 | ≤ 3 | AA.9 |
Sales solubles disociadas (como Na₂SO₄), en % | ≤ 1 | ≤ 4 | ≤ 4 | AA.10 |
Métodos de inspección
La norma detalla procedimientos de ensayo exhaustivos para todos los índices, incluidos ensayos de identificación, determinación del contenido y detección de contaminantes. Las notas clave para los ensayos son las siguientes:
- Algunos reactivos utilizados en las pruebas son tóxicos y corrosivos. Los operadores deben manejarlos con cuidado. En caso de contacto con la piel, enjuague inmediatamente con agua y busque atención médica si es necesario.
- Los reactivos y el agua deben cumplir con las normas de grado analítico y con las especificaciones de agua de grado 3 establecidas en GB/T 6682, salvo indicación en contrario.
- Para la determinación del contenido de dióxido de silicio, las muestras se calcinan a 950°C ± 50°C y luego se descomponen con ácido fluorhídrico. El contenido se calcula en función de la pérdida de masa después de la calcinación.
Significado del estándar
Como agente antiapelmazante y espesante ampliamente utilizado en la producción de alimentos —aplicado en leche en polvo, condimentos, bebidas sólidas, etc.—, la calidad del dióxido de silicio de grado alimentario influye directamente en la seguridad alimentaria. La implementación de la norma GB 25576-2020 contribuye a estandarizar las prácticas de producción, eliminar capacidades de producción obsoletas y orientar la industria hacia un desarrollo más refinado y regulado. Asimismo, proporciona pautas técnicas claras para la autoinspección de las empresas y para la supervisión y muestreo por parte de las autoridades reguladoras, garantizando así la seguridad de los productos finales en el mercado alimentario.
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